¿Qué es el ICS2?
Es el nuevo sistema de información anticipada sobre la carga implementado por las aduanas de la UE para facilitar los intercambios comerciales, garantizando que sean más seguros facilitando así el despacho transfronterizo. Esta declaración incluye información detallada sobre las mercancías, como el número EORI del importador y un código HS de 6 dígitos.
Ventajas del ICS2
Refuerza la protección de los ciudadanos de la UE y del mercado interior ante amenazas que pongan en riesgo su seguridad.
- Permite a las autoridades de la UE identificar con facilidad los envíos de alto riesgo.
- Facilita el despago transfronterizo del comercio legítimo.
- Simplifica el intercambio de información entre los operadores económicos y las autoridades aduaneras de la UE.
¿A quién afecta el ICS2?
Afecta de forma directa a todos los operadores económicos que participen en las actividades de manipulación, expedición y transporte de mercancías, envíos urgentes y postales.
Afecta indirectamente a todos los fabricantes, exportadores y personas físicas establecidas fuera de la UE que deseen enviar mercancías a o a través de la UE, debido que deberán, en primera instancia, facilitar la información necesaria a las partes afectadas directamente.
¿Quién transmite la información?
Afecta de forma directa a todos los operadores económicos que participen en las actividades de manipulación, expedición y transporte de mercancías, envíos urgentes y postales.
Afecta indirectamente a todos los fabricantes, exportadores y personas físicas establecidas fuera de la UE que deseen enviar mercancías a o a través de la UE, debido que deberán, en primera instancia, facilitar la información necesaria a las partes afectadas directamente.
¿Cuándo se debe transmitir?
En transporte aéreo la transmisión debe hacerse antes de la llegada del vuelo a la UE, para facilitar la inspección de las autoridades a su entrada.
En transporte marítimo la transmisión debe realizarse 24 horas antes de la carga del buque en origen.
¿Qué ocurre si no se presenta a tiempo?
Los envíos/mercancías serán retenidos en las aduanas de las fronteras de la UE, no se procederá al despacho de las mercancías y las declaraciones incompletas serán rechazadas o sometidas a inspecciones innecesarias. Todo ello se traduce en retrasos en la llegada de los envíos o en el proceso de despacho de las mercancías. Además, la aduana puede imponer sanciones por incumplimiento.
Como operadores logísticos, nuestros procesos han sido adaptados a esta nueva normativa de la UE, si necesitas cotización o más información sobre este nuevo sistema no dudes en contactar con nosotros.
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